
Ley Marchman · Miami-Dade y sur de la Florida
Ayuda legal cuando las recaídas ponen en riesgo a su familiar
Robinson Casey limita su práctica a las peticiones bajo la Ley Marchman y a los asuntos de tutela en la Florida. Le explicamos sus opciones con calma y claridad.
Por Richard J. Casey III, Esq. · Publicado 30 de octubre de 2026
Abogado de la Ley Marchman por recaídas repetidas en Florida
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Cuando las recaídas siguen volviendo: ¿es una petición bajo la Ley Marchman el paso correcto?
Una petición bajo la Ley Marchman puede ser el paso correcto cuando el consumo de sustancias de su hijo adulto lo pone en grave peligro y no puede aceptar ayuda por sí mismo. Un abogado de la Ley Marchman puede indicarle si los hechos de su caso encajan en la ley.
Quizás es la tercera sobredosis este año. O es la llamada de madrugada desde un hospital, la desintoxicación que envió a su hijo a casa después de unos pocos días, o las semanas en que no sabía dónde estaba durmiendo. Usted ha pagado tratamientos y ha puesto límites, y aun así la crisis vuelve.
La Ley Marchman es el proceso civil de Florida para una evaluación ordenada por el tribunal y, cuando se cumplen los criterios legales, para el tratamiento de una persona con un deterioro por consumo de sustancias. La situación de cada familia es distinta. El estatuto pregunta si existe una razón de buena fe para creer que su hijo está afectado por el consumo de sustancias (o tiene un trastorno por consumo de sustancias y un trastorno de salud mental concurrente), ha perdido la capacidad de autocontrol, y o bien necesita servicios para el abuso de sustancias y no puede reconocer esa necesidad, o bien es probable que se descuide o rechace la atención de un modo que representa una amenaza real e inminente de daño sustancial que no puede evitarse mediante familiares o amigos dispuestos u otros servicios, o bien existe una probabilidad sustancial de que haya causado, amenazado o intentado causar daño físico a sí mismo o a otra persona, o de que, a menos que sea admitido, es probable que lo cause (Fla. Stat. § 397.675). Ver Fla. Stat. § 397.675.
Los padres suelen llegar a este punto después de un patrón: sobredosis repetidas, ciclos de desintoxicación y alta, rechazo de la atención voluntaria, o un hijo que no puede tomar decisiones seguras. Esos hechos importan cuando encajan en los criterios del estatuto.
Lo que cubre la Ley Marchman después de recaídas repetidas
Según el Fla. Stat. § 397.6818, en situaciones de emergencia el tribunal puede basarse únicamente en el contenido de la petición y, sin designar abogado, dictar una orden ex parte para la evaluación y estabilización involuntarias del demandado.
Evaluación. En una emergencia, un juez puede basarse únicamente en la petición y dictar una orden ex parte de evaluación y estabilización. Un proveedor no puede retener a su hijo por más de 72 horas de observación, salvo en las situaciones que enumera el estatuto (Fla. Stat. § 397.6818).
Tratamiento. Si las condiciones se prueban mediante prueba clara y convincente, el tribunal puede ordenar un tratamiento por no más de 90 días (Fla. Stat. § 397.697).
La petición también debe exponer los hechos que sustentan su creencia de que su hijo está afectado por el consumo de sustancias, ha perdido el autocontrol, y o bien ha causado o es probable que cause daño físico a sí mismo, a sí misma o a otros, o bien ha rechazado la atención porque su juicio está deteriorado (Fla. Stat. § 397.68141).
Quién puede presentarla. Para un adulto, el cónyuge o tutor legal del demandado, cualquier pariente, un proveedor de servicios, o un adulto que tenga conocimiento personal directo del deterioro por consumo de sustancias del demandado y de su historial previo de evaluación y tratamiento pueden presentarla (Fla. Stat. § 397.68112). Eso incluye a un padre o una madre.
Cómo funciona el proceso, paso a paso
Un caso bajo la Ley Marchman suele avanzar en cinco pasos, desde su primera llamada hasta el período posterior a la resolución del tribunal.
- Primera consulta. Usted describe el historial de su hijo, y el bufete revisa si una petición encaja con los hechos.
- Registros. Reúna resúmenes de alta, informes de hospitales y de servicios de emergencia (EMS), y una lista fechada de incidentes. Puede adjuntarse un examen de un profesional calificado realizado en los 30 días anteriores a la presentación. Si su hijo nunca fue evaluado o se negó, la petición debe indicarlo.
- Presentación. Presente la petición ante el secretario del tribunal del condado donde se encuentre físicamente su hijo al momento de presentarla. El secretario no puede cobrar una tasa de presentación (Fla. Stat. § 397.681).
- Audiencia. El tribunal debe fijar una audiencia dentro de 10 días hábiles del tribunal, salvo que se conceda una prórroga (Fla. Stat. § 397.68151).
- Después de la orden. Una orden de tratamiento dura hasta 90 días. La persona es dada de alta al final, salvo que se presente una moción de renovación (Fla. Stat. § 397.6977). El marco de atención posterior de Florida cubre la recuperación continua después del tratamiento.
Cómo construir el expediente de pruebas que necesita su petición
Una petición funciona mejor cuando enumera hechos concretos y fechados que demuestran el deterioro y el daño. La preocupación general, por sincera que sea, no basta por sí sola.
- Registros médicos y de crisis. Incluya resúmenes de alta de desintoxicación o rehabilitación, registros de urgencias y hospitalarios, e informes de reversión de sobredosis o de servicios de emergencia (EMS).
- Registros de arrestos. Si su hijo fue registrado o arrestado, incluya esos registros.
- Un registro de incidentes fechado. Anote qué ocurrió, cuándo, quién lo presenció y qué ayuda se intentó.
- Testigos. Los proveedores de tratamiento, médicos y familiares que presenciaron el deterioro de primera mano pueden testificar.
El rechazo de los servicios por sí solo no basta. El estatuto dice que el mero rechazo no es prueba de falta de juicio sobre la necesidad de atención (Fla. Stat. § 397.675). Por eso su registro debe mostrar más que “dijo que no”. Anote las sobredosis, las decisiones inseguras y el daño que siguió.
Conserve los originales. No edite ni borre mensajes de texto, correos electrónicos o mensajes de voz. Guarde copias en una carpeta fechada y escriba lo que vio, no lo que temió.
La tutela y otras opciones cuando una petición bajo la Ley Marchman no es suficiente
La tutela es una vía judicial separada bajo el Capítulo 744 para adultos que un tribunal considera incapacitados. El bufete maneja la tutela temporal de emergencia, la tutela plenaria, la tutela limitada y la tutela por salud mental, junto con el internamiento involuntario por adicción.
Tutela temporal de emergencia. Un tribunal puede designarla antes de nombrar a un tutor, pero solo después de que se presente una petición de incapacidad. El juez debe encontrar un peligro inminente de que la salud o la seguridad de la persona se vea gravemente afectada, o de que el patrimonio esté en peligro, a menos que se tome una medida inmediata (Fla. Stat. § 744.3031).
Notificación y abogado. El tribunal debe designar un abogado para la persona presuntamente incapacitada. La notificación debe entregarse al menos 24 horas antes de la audiencia, salvo que el peticionario demuestre que se produciría un daño sustancial.
Límites de tiempo. La autoridad temporal de emergencia termina 90 días después de la designación o cuando se nombre un tutor, lo que ocurra primero. Puede prorrogarse por otros 90 días si las condiciones de emergencia persisten.
Otras vías. La tutela limitada, la plenaria y la de salud mental otorgan al tutor distintos niveles de autoridad. El tribunal fija las facultades en cada caso.
Superposición. El tratamiento involuntario por adicción y la tutela pueden surgir ambos en la misma crisis familiar. La herramienta adecuada depende de los hechos.
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Por qué las familias trabajan con Robinson Casey
Robinson Casey es un bufete de Florida que limita su práctica a las peticiones bajo la Ley Marchman y a los asuntos de tutela. Atiende a familias en todo el sur de Florida, incluido el condado de Miami-Dade, y en todo el estado.
- Abogado responsable. Richard J. Casey III, Esq. es el abogado responsable de esta página.
- Enfoque. Todo asunto que el bufete acepta se enmarca en estas dos áreas, por lo que esta guía refleja el trabajo que realiza el bufete.
- Personal de apoyo. Los asistentes y el personal de oficina de nuestro equipo ayudan a las familias a organizar los registros, dar seguimiento a las fechas del tribunal y mantener una comunicación clara durante un caso que avanza rápidamente.
- Honorarios. La primera consulta es gratuita, confidencial y sin compromiso de continuar.
- Límites. Cada caso depende de sus propios hechos, y ningún abogado puede prometer cómo resolverá un tribunal.

Preguntas frecuentes sobre peticiones bajo la Ley Marchman por recaída repetida
Los padres suelen hacer las mismas preguntas antes de decidir qué hacer a continuación.
¿Puede un padre presentar la petición sin abogado?
Un padre puede presentarla como pariente de un hijo adulto. El demandado tiene derecho a un abogado en todas las etapas del caso, pero puede renunciar a ese derecho si está presente y el tribunal considera que la renuncia es consciente, inteligente y voluntaria (Fla. Stat. § 397.681).
¿Mi hijo irá a la cárcel?
Las órdenes del tribunal se centran en la evaluación y el tratamiento, pero según el Fla. Stat. § 397.6818, las fuerzas del orden pueden detener a una persona para su evaluación.
¿Mi hijo quedará encerrado indefinidamente?
Al concluir el período de 90 días de servicios involuntarios ordenados por el tribunal, el demandado es dado de alta automáticamente, salvo que se haya presentado ante el tribunal una moción para renovar la orden de servicios involuntarios (Fla. Stat. § 397.6977).
¿Puedo meterme en problemas por presentar la petición?
Una petición necesita hechos que den una razón de buena fe para creer que se cumplen los criterios.
¿Qué pasa si mi hijo se niega o se va antes de la audiencia?
A menos que el juez principal de un circuito autorice a servidores privados imparciales, el secretario debe enviar electrónicamente la citación a las fuerzas del orden dentro de las 6 horas posteriores a su emisión (Fla. Stat. § 397.68151). El tribunal también puede ordenar a un agente que detenga a la persona para su evaluación (Fla. Stat. § 397.6818).
Usted está buscando información en medio de una crisis que no eligió, y quiere proteger a alguien que ama. Si desea hablar sobre su situación, llame al (561) 849-4149 o programe una consulta.
Por qué familias del sur de la Florida nos consultan
Práctica enfocada
Robinson Casey limita su práctica a la Ley Marchman y a los asuntos de tutela y comitiva por adicción y salud mental.
Trato humano
Entendemos que cada decisión afecta a toda la familia. Escuchamos su situación antes de recomendar cualquier paso.
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Respuesta ágil
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Si hay peligro inmediato
Si su familiar corre peligro inmediato o necesita atención médica de urgencia, llame al 911 o acuda a la sala de emergencias más cercana. Un abogado no reemplaza la atención de emergencia.
Áreas en las que le podemos ayudar
Petición bajo la Ley Marchman
Preparación y presentación de la petición para tratamiento involuntario de un familiar con problemas de abuso de sustancias.
Tutela de emergencia temporal
Asistencia cuando una situación urgente exige una protección judicial inmediata para una persona vulnerable.
Tutela plenaria y limitada
Orientación sobre la tutela plenaria y la tutela limitada, según las necesidades y la capacidad de la persona afectada.
Tutela por salud mental
Representación en asuntos de tutela relacionados con enfermedades mentales y el cuidado de adultos que no pueden decidir por sí mismos.
