
Después del tratamiento Ley Marchman: los próximos pasos para su familia
Robinson Casey se enfoca en peticiones bajo la Ley Marchman y en asuntos de tutela en Florida. Le explicamos las opciones y lo que sigue después del tratamiento.
Por Richard J. Casey III, Esq. · Publicado 19 de octubre de 2026
¿Qué ocurre después de que termina el tratamiento bajo la Ley Marchman en Florida?
Si se pregunta qué ocurre cuando termina el tratamiento bajo la Ley Marchman, la respuesta corta es esta: la persona recibe el alta automáticamente cuando vence el periodo ordenado por el tribunal, a menos que alguien haya pedido al tribunal que renueve la orden antes de esa fecha. La ley de Florida también exige un plan de alta. Esta guía recorre ese periodo paso a paso, para los familiares en Miami-Dade, el sur de Florida y todo el estado, y para la persona bajo la orden.
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Qué significa realmente el fin de una orden de tratamiento bajo la Ley Marchman
El fin de una orden de tratamiento bajo la Ley Marchman es un hecho jurídico. Es independiente de cómo esté la persona. El expediente judicial fija la fecha en que ocurre.
El Capítulo 397 de los Estatutos de Florida regula la Ley Marchman. Permite que un tribunal ordene tratamiento involuntario por deterioro causado por el abuso de sustancias. El primer periodo de tratamiento puede durar hasta 90 días, con un proveedor de servicios autorizado a cargo de la atención (Fla. Stat. § 397.697).
La información del DCF de Florida sobre la Ley Marchman describe el riesgo importante para uno mismo o para otros por el deterioro causado por sustancias como motivo de referencia. Así comienzan muchos casos.
Las familias suelen esperar un cambio brusco cuando la orden termina. Ese cambio suele ser jurídico, no clínico. La persona puede seguir necesitando atención aunque la orden ya no esté vigente. Por eso el enfoque de la familia suele pasar de la crisis a la continuidad. La pregunta cambia de “¿cómo logramos que reciba tratamiento?” a “¿cómo la mantenemos conectada con la atención?”
Cuánto puede durar una orden de tratamiento bajo la Ley Marchman
Un primer periodo de tratamiento ordenado por el tribunal dura hasta 90 días. Una renovación puede añadir hasta otros 90 días.
El punto final automático está establecido en Fla. Stat. § 397.6977. Al terminar el periodo de 90 días, la persona recibe el alta automáticamente. La excepción es una moción de renovación presentada ante el tribunal.
La renovación tiene su propio calendario. Una petición de renovación debe presentarse antes de que venza el periodo. El tribunal debe fijar una audiencia dentro de 10 días hábiles judiciales, celebrada no más de 15 días después de la presentación (Fla. Stat. § 397.6975). La audiencia debe celebrarse ante el tribunal de circuito, salvo que el asunto se remita a un magistrado. Si el tribunal concede la renovación, puede ordenar hasta 90 días adicionales de tratamiento involuntario.
La orden también puede terminar antes de tiempo. Fla. Stat. § 397.6971 enumera los motivos para el alta anticipada. Entre ellos están una persona que ya no cumple los criterios de internamiento involuntario y da su consentimiento informado para el estatus voluntario. También incluye a una persona que ya no necesita los servicios de tratamiento.
La pregunta central es si la persona todavía cumple los requisitos legales. El calendario exacto de cada caso depende de los hechos y del expediente judicial. Para una visión más amplia, lea nuestra guía sobre internamiento involuntario por adicción.
La planificación del alta antes de que termine la orden
Antes de la liberación, el proveedor debe planificar las necesidades de la persona y dejarlas por escrito. El estatuto establece las partes mínimas de ese plan (Fla. Stat. § 397.6977).
Las partes mínimas son: citas de seguimiento en salud conductual; información sobre cómo obtener los medicamentos recetados; información sobre opciones de vivienda y transporte; y referencia a oportunidades de apoyo para la recuperación, incluida la conexión con un par de recuperación.
- Citas de seguimiento en salud conductual.
- Información sobre cómo obtener los medicamentos recetados.
- Información sobre opciones de vivienda y transporte.
- Referencia a oportunidades de apoyo para la recuperación.
Cada punto debe indicar la acción tomada para atenderlo. Pida al proveedor una copia del plan de alta antes de la fecha de liberación. Pídalo por escrito. Pregunte quién llamará a la familia si una cita cambia.
Mantenga el plan de alta separado del expediente judicial en su mente. El plan es un documento clínico sobre la atención de la persona. Las peticiones, órdenes y registros judiciales relacionados son confidenciales. El secretario del tribunal puede entregar estos documentos, previa solicitud, a personas como el peticionario, el demandado y el abogado del demandado. Otras personas o entidades pueden verlos si el tribunal lo autoriza por causa justificada, tras sopesar su necesidad frente al posible daño para el demandado.
Opciones de cuidado posterior y tratamiento continuo
El cuidado posterior es la atención que continúa después del alta. Normalmente incluye visitas de seguimiento, medicación, un lugar estable para vivir y apoyo.
El cuidado posterior exacto varía según el proveedor y la persona. Las opciones comunes incluyen consejería ambulatoria, grupos de apoyo para la recuperación y seguimiento médico o psiquiátrico. Las recomendaciones del proveedor tratante dan forma al plan. La participación de la propia persona también importa.
Los planes son más fáciles de seguir cuando la persona los entiende. Lean el plan juntos y confirmen cada cita. Anoten las fechas, las horas y quién conducirá.
La constancia en las primeras semanas ayuda a mantener las citas y la medicación en orden. También da a la familia una alerta temprana si algo falla. En todos los casos en que se ordenan servicios de tratamiento involuntario, el tribunal conserva la jurisdicción y puede supervisar el cumplimiento del tratamiento (Fla. Stat. § 397.697).
¿Se puede retirar o terminar antes una orden bajo la Ley Marchman?
Las familias suelen tener preguntas sobre cómo funciona una orden bajo la Ley Marchman una vez dictada. Los cambios se tramitan ante el tribunal o mediante las reglas de liberación anticipada del estatuto.
El tribunal conserva la jurisdicción después de una orden de tratamiento involuntario. Puede dictar órdenes adicionales, incluido el cambio del enfoque del tratamiento (Fla. Stat. § 397.697). La liberación anticipada depende de que un profesional calificado determine que se cumple una de las condiciones previstas en la ley.
También existe una vía voluntaria. Una persona admitida involuntariamente puede ser referida a una admisión voluntaria. Eso requiere un consentimiento informado por escrito y que el proveedor determine que la persona ya no cumple los criterios involuntarios (Fla. Stat. § 397.6752).
El demandado tiene derechos en estos casos. Un tribunal de apelaciones de Florida ha sostenido que el demandado tiene derecho constitucional a un abogado en los procedimientos bajo la Ley Marchman, porque está en juego el debido proceso (Hillsborough County v. Albrechta).
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Quién paga el tratamiento y el cuidado posterior en Florida
El pago depende de la capacidad de pago. Los proveedores deben informar el cargo total antes de la admisión.
El proveedor debe informar tanto el cargo total por los servicios como la tarifa que la persona deberá pagar según su sistema de tarifas. La persona debe contribuir de acuerdo con su capacidad de pago, salvo que otra ley disponga lo contrario (Fla. Stat. § 397.431).
Los proveedores con contratos estatales deben basar su sistema de tarifas en la capacidad de pago. Si hay espacio y recursos estatales disponibles, no pueden negar servicios solo porque la persona no pueda pagar (Fla. Stat. § 397.431).
Los proveedores de servicios que contratan fondos estatales deben establecer un sistema de tarifas basado en la capacidad de pago de cada persona, y el poder del tribunal para ordenar tratamiento en un proveedor de financiamiento privado se regula en § 397.697. Ese poder puede ejercerse cuando el demandado tiene capacidad para pagar el tratamiento, o cuando cualquier persona que actúe en nombre del demandado demuestra voluntariamente su disposición y capacidad de pago (Fla. Stat. § 397.697).
Pregunte por escrito al proveedor qué está cubierto. Pregunte qué deberá pagar la persona y si las visitas ambulatorias continuas tienen costo. La cobertura del seguro varía según el plan y el proveedor, así que confírmela con ambos.
Próximos pasos para los familiares en las primeras semanas
En las primeras semanas, guarde los papeles del alta, las fechas de las citas y los documentos judiciales en un solo lugar. Un calendario compartido ayuda a que todos vean las visitas de seguimiento.
Los pasos prácticos ayudan mucho:
- Confirmar cada cita de seguimiento y quién conducirá.
- Confirmar dónde se surtirán las recetas.
- Guardar el número de contacto del proveedor para cualquier pregunta.
- Anotar por escrito cualquier cambio en el plan.
Esté atento a las señales de alerta de que la persona podría necesitar atención otra vez. Comuníquese pronto con el proveedor tratante si se pierden citas, se suspende la medicación o parece que el consumo vuelve. En una emergencia, contacte de inmediato a los servicios de emergencia.
Los desacuerdos familiares son comunes cuando la persona siente que está lista para seguir adelante y la familia no. Planifique una conversación tranquila con el plan de alta a la vista. Deje que el proveedor tratante responda las preguntas clínicas.

Puntos clave y preguntas para llevar a una consulta
Cuando termina una orden de tratamiento bajo la Ley Marchman, normalmente sigue el alta automática. Después llegan la planificación del alta, el cuidado posterior, los límites para modificar una orden y las preguntas sobre pagos.
Lleve estas preguntas a cualquier consulta jurídica:
- ¿Se presentó una petición de renovación antes de que terminara el periodo?
- ¿Qué elementos mínimos aparecen en el plan de alta?
- ¿Qué documentos judiciales siguen vigentes?
- ¿Cuánto deberá pagar la persona por el cuidado posterior?
¿Puede una persona permanecer bajo una orden de la Ley Marchman por más de 90 días?
Un primer periodo ordenado por el tribunal dura hasta 90 días. Una renovación puede añadir hasta otros 90 días si el tribunal la concede.
¿Se puede retirar una orden bajo la Ley Marchman?
Cada situación es distinta, así que las preguntas sobre una orden específica se revisan mejor en una consulta inicial gratuita y confidencial con Robinson Casey, sin compromiso de continuar. Los cambios ocurren a través del tribunal o del proceso de liberación anticipada del estatuto.
¿Quién paga el tratamiento bajo la Ley Marchman?
El pago depende de la capacidad de pago. Los proveedores deben informar el cargo total antes de la admisión.
¿Es involuntaria una orden bajo la Ley Marchman?
Sí. El tribunal puede ordenar servicios de tratamiento involuntario después de determinar, por prueba clara y convincente, que se han demostrado las condiciones para el tratamiento involuntario.
Richard J. Casey III, Esq. se enfoca en los asuntos de la Ley Marchman y de tutela en Florida, y Robinson Casey atiende a familias en todo el sur de Florida y en todo el estado. Si la orden de un ser querido está por terminar, quizá enfrente una decisión que no eligió. Con gusto le ayudamos a analizarla. Llame al (561) 849-4149 o solicite una consulta. La primera consulta es gratuita, confidencial y sin compromiso.
Cómo podemos acompañar a su familia
Revisión de la orden
Analizamos la orden del tribunal y los documentos del caso para explicarle qué establece y qué implica para su familia.
Representación legal
Le ayudamos a entender las opciones disponibles cuando una orden de la Ley Marchman está en vigor o llega a su fin.
Comunicación clara
Nuestro equipo le explica cada paso en lenguaje sencillo, para que sepa qué esperar en cada etapa.
Enfoque en la familia
Entendemos que estas situaciones son difíciles. Tratamos cada caso con respeto y con atención a su situación particular.
Importante
Cada caso es distinto. La información de esta página es general y no sustituye el asesoramiento legal sobre su situación específica. Hable con un abogado antes de tomar decisiones sobre una orden.
Asuntos que atendemos
Abogado de la Ley Marchman
Peticiones y procedimientos bajo la Ley Marchman, con orientación sobre el proceso ante el tribunal.
Abogado de tutela
Asesoría en tutelas plenarias, limitadas y de salud mental, así como en situaciones que requieren atención inmediata.
Tutela temporal de emergencia
Orientación cuando una familia necesita protección legal rápida mientras el tribunal revisa el caso.
Compromiso involuntario por adicción
Explicación de este proceso y de cómo se relaciona con el tratamiento y con otras opciones legales.
