Juez revisando documentos en el estrado mientras el peticionario y su abogado asisten a una audiencia de la Ley Marchman.

Ley Marchman · Miami-Dade y sur de Florida

Ley Marchman para padres mayores: protección legal para su familia

Robinson Casey limita su práctica a las peticiones bajo la Ley Marchman y a los asuntos de tutela en Florida. Ayudamos a familias de Miami-Dade y del sur de Florida a entender sus opciones con claridad.

Por Richard J. Casey III, Esq. · Publicado 22 de octubre de 2026

Ley Marchman para padres mayores en Florida | Robinson Casey

La Ley Marchman de Florida permite que una familia pida a un tribunal que ordene tratamiento para un adulto que ha perdido el control sobre el alcohol, los medicamentos recetados o las drogas ilegales y que no buscará ayuda por su cuenta. Las normas para adultos se aplican a cualquier adulto, así que la edad de un padre o madre no elimina esta opción. Esta guía explica cómo funciona el proceso para un padre o madre mayor, qué aporta su familia y qué puede esperar.

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Una jueza revisa documentos legales junto a un mazo en una sala de audiencias.

Lo que cubre la Ley Marchman para un adulto mayor

La Ley Marchman es la vía judicial de Florida para el tratamiento involuntario de un adulto cuyo consumo de sustancias causa daños graves. Según los criterios de internamiento involuntario de Florida, un tribunal busca una razón de buena fe para creer que la persona está afectada por el abuso de sustancias (o tiene un trastorno por consumo de sustancias y un trastorno de salud mental concurrente), ha perdido la capacidad de autocontrol sobre ese consumo, y necesita servicios pero su juicio está tan deteriorado que no puede apreciar esa necesidad ni tomar una decisión racional al respecto; o bien, sin atención, enfrenta una amenaza real e inminente de daño sustancial por negligencia que los familiares o amigos dispuestos, capaces y responsables, u otros servicios, aparentemente no pueden prevenir; o ha causado, amenazado o intentado causar, o es probable que cause, daño físico a sí mismo o a otros.

El objetivo son los servicios en el entorno menos restrictivo que aún proteja los derechos de las personas, como establece la sección de propósito del Capítulo 397.

La sección 397.305 establece la intención de la Legislatura de ofrecer una alternativa al encarcelamiento penal para adultos y menores infractores afectados por el abuso de sustancias; no establece reglas separadas de peticiones para demandados adultos y menores. Las reglas de peticiones de Florida para adultos se aplican a un padre o madre mayor que es adulto.

Robinson Casey se concentra en las peticiones bajo la Ley Marchman y en asuntos de tutela.

Señales que pueden indicar la conveniencia de una petición para un padre o madre

Una petición puede tener sentido cuando el consumo de sustancias de un padre o madre causa daños graves y esa persona se niega a recibir ayuda. Las familias suelen describir un patrón más que un solo hecho.

  • Caídas, lesiones o visitas de emergencia repetidas relacionadas con el consumo de alcohol o drogas
  • Medicamentos tomados en cantidades incorrectas, omitidos o mezclados con alcohol
  • Confusión, pérdidas de memoria o conducción insegura
  • Facturas impagas, citas médicas perdidas o un hogar inseguro
  • Alejamiento de la familia y de las rutinas diarias

Según el § 397.675, la negativa de un padre o madre a recibir servicios no demuestra por sí sola falta de juicio respecto de su necesidad de dichos servicios. Fla. Stat. § 397.675 dice: “(b) Sin atención o tratamiento, es probable que sufra negligencia o se niegue a cuidar de sí mismo o de sí misma; que dicha negligencia o negativa representa una amenaza real e inminente de daño sustancial para su bienestar; y que no es aparente que dicho daño pueda evitarse con la ayuda de familiares o amigos dispuestos, capaces y responsables, o con la prestación de otros servicios, o existe una probabilidad sustancial de que la persona haya causado, amenazado o intentado causar, o que, si no es internada, es probable que cause daño físico a sí misma o a otra persona.”

Quién puede presentar la petición y qué aporta la familia

Para un adulto, pueden presentar la petición un cónyuge o tutor legal, cualquier pariente, un proveedor de servicios, o un adulto con conocimiento personal directo de la afectación por abuso de sustancias del padre o madre y de su historial previo de evaluación y tratamiento. Las reglas de peticiones de Florida enumeran a estas personas. La petición también debe indicar la relación entre el peticionario y el padre o madre, según lo establece el § 397.68141.

La mayoría de las familias reúne:

  • Una cronología fechada de los incidentes, con quién presenció cada uno
  • Nombres de testigos, como vecinos, cuidadores u otras personas que vieron la conducta
  • Listas de medicamentos e información de farmacia que la familia ya tenga
  • Fotos o mensajes que muestren la conducta
  • Un registro de ofrecimientos de ayuda anteriores y de cómo respondió el padre o madre

La petición debe identificar al padre o madre y al peticionario, indicar su relación, incluir el nombre del abogado del padre o madre si se conoce, y exponer los hechos que muestran la necesidad de servicios. Según el § 92.525, quien firma declara bajo pena de perjurio que los hechos son verdaderos. El Fla. Stat. § 92.525 establece que una declaración escrita es la siguiente afirmación: “Bajo pena de perjurio, declaro que he leído el [documento] anterior y que los hechos en él expuestos son verdaderos”, seguida de la firma de la persona que hace la declaración. Quien haga una declaración falsa a sabiendas comete un delito grave de tercer grado. Informe lo que vio y manténgalo separado de lo que supone.

Cómo avanza el proceso, paso a paso

Después pasa a la notificación, la evaluación y una audiencia.

  1. Consulta y revisión de los hechos. Traiga su cronología, la lista de medicamentos y cualquier registro. El abogado verifica si los hechos encajan con la ley.
  2. Presentación. Según el § 397.681, la petición se presenta ante el secretario del tribunal del condado donde se encuentra el padre o madre, y el secretario no puede cobrar una tasa de presentación.
  3. Órdenes de emergencia, si son necesarias. Cuando existe una emergencia, el tribunal puede dictar una orden ex parte para evaluación y estabilización basada en la petición, como se describe en el § 397.6818. Por lo general, un proveedor no puede retener al padre o madre para observación por más de 72 horas, salvo que aplique una excepción.
  4. Según el § 397.68151, el tribunal debe fijar la audiencia dentro de 10 días hábiles del tribunal, salvo que se conceda un aplazamiento.
  5. Audiencia y orden. Si el tribunal considera probadas las condiciones mediante prueba clara y convincente, puede ordenar tratamiento por hasta 90 días, según el § 397.697.

El plazo exacto depende de los hechos y del calendario del tribunal del condado. El abogado explica cada paso en la medida en que se aplica a su familia.

Por qué las condiciones médicas determinan la evaluación clínica

La evaluación clínica debe incluir una recomendación de tratamiento y señalar cualquier necesidad de tratamiento concurrente de salud mental u otra. La sección 397.6957 exige ambas cosas.

La ley también reconoce que la abstinencia o una condición médica pueden requerir más tiempo. La observación puede prolongarse hasta que se resuelva ese asunto, pero no más allá de la fecha de audiencia programada, salvo una prórroga aprobada por el tribunal.

Una lista completa de medicamentos ayuda. Incluya cada receta, producto de venta libre y suplemento que tome el padre o madre. Una lista que omita las recetas ofrece al evaluador una imagen incompleta. Lleve la lista a su primera reunión con el abogado.

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La audiencia, el costo de iniciar y por qué las familias eligen Robinson Casey

En la audiencia, el padre o madre generalmente debe asistir, salvo que el tribunal excuse su asistencia. El tribunal examina toda la prueba pertinente, incluidos los testimonios de familiares sobre el historial del padre o madre. Los testigos pueden declarar a distancia bajo juramento, según la sección 397.6957.

El peticionario tiene la carga de la prueba. En J.C. v. State, el Quinto Distrito sostuvo que un juez que interroga al único testigo cuando el peticionario está ausente ha asumido el papel del peticionario. Una decisión del Cuarto Distrito en J.J.J. v. D.G. llegó a un resultado distinto, por lo que esta regla es derecho del Quinto Distrito y no una cuestión resuelta en todo el estado.

Según el § 397.681, el demandado tiene derecho a un abogado en cada etapa de un procedimiento judicial relacionado con una petición de tratamiento involuntario por afectación por abuso de sustancias, y el demandado solo puede renunciar a ese derecho si está presente y el tribunal determina que la renuncia se hace de forma consciente, inteligente y voluntaria.

Robinson Casey ofrece una consulta inicial gratuita, confidencial y sin compromiso de continuar. (Español: consulta inicial gratuita, confidencial y sin compromiso.) El secretario del tribunal no puede cobrar una tasa de presentación por la petición. Pueden aplicar tarifas de notificación. El tribunal puede prohibirlas, o una agencia de la ley puede renunciar a ellas, si se determina que el peticionario es indigente, como lo dispone el § 397.68112.

Richard J. Casey III, Esq. es responsable de esta página. El despacho cuenta con personal de apoyo que ayuda a las familias a organizar los registros y a mantener el proceso en marcha. Robinson Casey también atiende asuntos de tutela y el internamiento involuntario por adicción. Si un asunto relacionado se remite a otro abogado o despacho, se lo diremos.

Un juez firma documentos en un escritorio, con un mazo de madera en primer plano.

Preguntas que las familias hacen antes de presentar la petición

La mayoría de las familias pregunta sobre la edad, el consentimiento, el testimonio y la representación legal. Las respuestas breves aparecen a continuación.

¿Puede un padre o madre mayor de 65 años ser objeto de una petición?

Sí. Las normas para adultos de la ley de peticiones de Florida se aplican a cualquier demandado adulto.

¿El padre o madre tiene que estar de acuerdo?

No. La negativa del padre o madre por sí sola no demuestra falta de juicio, por lo que la petición debe mostrar los hechos previstos en la ley.

¿Tendrá la familia que declarar?

El tribunal debe escuchar y examinar toda la prueba pertinente, incluidos los testimonios de familiares que conocen el historial previo del padre o madre. Los testigos pueden declarar a distancia bajo juramento.

¿El padre o madre tiene derecho a un abogado?

Sí. El padre o madre tiene derecho a un abogado en cada etapa, derecho que solo puede renunciar si está presente y el tribunal determina que la renuncia es consciente, inteligente y voluntaria. Si el tribunal considera que el padre o madre necesita o desea un abogado, debe designarle uno sin importar sus deseos.

¿Una petición bajo la Ley Marchman puede abarcar medicamentos recetados?

Sí.

Si el consumo de alcohol, de pastillas o de drogas de su padre o madre pone en riesgo su salud o seguridad y esa persona se niega a recibir ayuda, llame al (561) 849-4149 o contacte a Robinson Casey para revisar los hechos y las opciones bajo la Ley Marchman.

La información de este sitio web es únicamente para fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal ni crea una relación abogado-cliente. Los resultados de casos anteriores no garantizan resultados similares en asuntos futuros. Le recomendamos consultar a un abogado con licencia en Florida para obtener asesoramiento específico para su situación. Robinson Casey, 6400 Congress Ave #2050, Boca Raton, FL 33487.

Asuntos que atendemos

Abogado de la Ley Marchman

Peticiones de internamiento involuntario por abuso de sustancias y tratamiento por adicción conforme a la Ley Marchman.

Abogado de tutela

Orientación sobre tutelas para adultos que ya no pueden tomar decisiones por sí mismos, con un enfoque en la protección de la persona y de sus bienes.

Tutela temporal de emergencia

Asistencia legal cuando una situación urgente requiere medidas de protección inmediatas para un adulto vulnerable.

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Representación en casos de tutela relacionados con enfermedades mentales y con la capacidad de una persona para cuidarse.

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