
Ley Marchman · Sur de Florida
Petición bajo la Ley Marchman: orientación legal para su familia
Robinson Casey se enfoca en peticiones bajo la Ley Marchman y en casos de tutela en Florida. Atendemos a familias en Miami-Dade, el Sur de Florida y todo el estado.
Por Richard J. Casey III, Esq. · Publicado 28 de octubre de 2026
Petición de la Ley Marchman por parte de un cónyuge en Florida: lo que debe saber
Si la adicción de su cónyuge ha vuelto inestable su hogar, no tiene que enfrentarlo solo. Hablemos de la situación de su familia. Háblelo con nuestro equipo: la primera consulta es gratuita, confidencial y sin compromiso.

Cuando la adicción de su cónyuge ha hecho que el hogar no sea seguro
Un cónyuge puede presentar una petición de la Ley Marchman en Florida. La petición pide a un tribunal que ordene una evaluación y, si se cumplen los criterios legales, un tratamiento para una persona con un problema de consumo de sustancias. El estatuto Fla. Stat. § 397.68112 menciona al cónyuge como una persona que puede presentarla.
Quizás usted está viviendo esta situación ahora. El dinero escasea. El comportamiento de su cónyuge es difícil de predecir. Pasa noches sin dormir preocupado por los hijos. Una estancia en el hospital o una noche aterradora le han hecho sentir que las cosas no pueden seguir así.
La Ley Marchman es el proceso del Capítulo 397 de Florida para obtener ayuda ordenada por un tribunal. Cubre el tratamiento involuntario por deterioro causado por el abuso de sustancias, incluido el internamiento involuntario por adicción. Es un caso judicial. Un juez decide después de una audiencia, con base en pruebas. No es una intervención informal.
El proceso está diseñado para personas que quizás no buscarían ayuda por cuenta propia. No puede hacer que un matrimonio funcione y no puede prometer la recuperación. Lo que sí puede hacer es poner la cuestión ante un juez.
Quién puede presentar una petición de la Ley Marchman, incluido un cónyuge
Un cónyuge puede presentarla. Para una persona adulta demandada, el estatuto permite una petición del cónyuge o tutor legal, de cualquier familiar, de un proveedor de servicios o de un adulto con conocimiento personal directo del deterioro y de la evaluación y tratamiento previos de la persona. El estatuto incluye al cónyuge como peticionario.
El lugar importa. La petición se presenta ante el secretario del tribunal del condado donde se encuentra la persona. El secretario no puede cobrar una tarifa por presentarla. Véase Fla. Stat. § 397.681. En J.P. v. J.N., el Quinto Distrito resolvió que presentar la petición en el condado equivocado es un defecto de competencia territorial (venue), no una falta de jurisdicción. Las peticiones del condado de Miami-Dade se dirigen a la página del tribunal de salud mental del secretario del condado de Miami-Dade, que indica que las peticiones por abuso de sustancias de adultos se presentan ante la Oficina de Sucesiones (Probate Court) del Secretario.
Su propia ubicación importa menos que la de la persona. Pregunte dónde se está quedando físicamente su cónyuge cuando presente la petición, porque ese es el condado que cuenta.
Lo que el tribunal necesita ver: cómo reunir las pruebas de la petición
El tribunal necesita hechos, no una descripción general de un matrimonio difícil. La petición debe nombrar al demandado y al peticionario, indicar su relación, dar el nombre del abogado del demandado si se conoce y enumerar las alegaciones de hechos. Según Fla. Stat. § 397.68141, las alegaciones de hechos en una petición de la Ley Marchman para servicios involuntarios deben demostrar la razón por la que el peticionario cree que el demandado tiene un deterioro por abuso de sustancias, la razón por la que cree que, debido a ese deterioro, el demandado ha perdido la capacidad de autocontrol con respecto al abuso de sustancias, y que el demandado ha causado o es probable que cause daño físico, o que su negativa a recibir atención se basa en un juicio deteriorado.
- Por qué cree que la persona tiene un deterioro por abuso de sustancias.
- Por qué cree que la persona ha perdido la capacidad de autocontrol con respecto al consumo de sustancias.
- Por qué cree que la persona se ha dañado o es probable que se dañe a sí misma o a otros, o que rechaza la atención porque el juicio deteriorado impide cualquier elección real sobre el tratamiento.
Las pruebas útiles incluyen incidentes con fecha, sobredosis, visitas de emergencia, informes policiales y mensajes. También incluyen los expedientes de tratamiento que ya tenga. Los hechos que involucran a los hijos deben aparecer en la lista, con fechas y detalles.
Elabore una cronología por escrito. Para cada hecho, anote la fecha, el lugar, lo que ocurrió y quién lo presenció. Incluya los nombres y la información de contacto de los testigos. La petición también puede adjuntar un informe de un profesional emitido dentro de los 30 días anteriores a la presentación. Si no existe, la petición debe indicarlo.
Cómo avanza un caso de la Ley Marchman en los tribunales de Florida
Un caso avanza desde la petición hasta la audiencia y luego a una orden judicial, con plazos establecidos en el camino. El calendario de cada etapa depende del calendario del tribunal y de los hechos. En pasos sencillos:
- Consulta y revisión de los hechos. Usted y la firma revisan la cronología y los documentos.
- Presentación. La petición se entrega al secretario del condado donde se encuentra la persona.
- Orden de emergencia, si es necesaria. Cuando existen circunstancias de emergencia, el tribunal puede basarse en la petición y dictar una orden ex parte para evaluación y estabilización, como lo permite Fla. Stat. § 397.6818.
- Fecha de la audiencia. Si el demandado no comparece a la audiencia y el tribunal cree razonablemente que se cumplen los criterios de internamiento y que existe una emergencia por abuso de sustancias, puede emitir o reemitir una orden ex parte de evaluación y estabilización válida por 90 días; si se conoce la ubicación del demandado, el tribunal debe continuar el caso por no más de 10 días hábiles del tribunal.
- Evaluación. Según Fla. Stat. § 397.6818, cuando existen circunstancias de emergencia, el tribunal puede basarse únicamente en el contenido de la petición y, sin designar un abogado, dictar una orden ex parte para la evaluación y estabilización involuntarias del demandado.
- Audiencia. El tribunal escucha las pruebas pertinentes, incluido el testimonio de familiares sobre el historial de la persona. El testimonio se presta bajo juramento.
- Orden. Si las condiciones se prueban mediante prueba clara y convincente, el tribunal puede ordenar un tratamiento por hasta 90 días, según Fla. Stat. § 397.697.
Su función es proporcionar hechos precisos y asistir a las audiencias cuando se le solicite. En J.C. v. State, el Quinto Distrito escribió que el tribunal no siguió el estatuto aplicable, al actuar esencialmente como el peticionario ausente. Otro distrito ha llegado a un resultado distinto, por lo que la cuestión no está resuelta en todo el estado.
Proteger a los hijos y al hogar mientras el caso está pendiente
Planifique la seguridad desde ahora, antes de cualquier audiencia. Proteger el hogar es parte del proceso, no una tarea aparte.
- Plan de seguridad para los hijos. Decida adónde irán los hijos durante una mala noche. Designe a un adulto seguro.
- Contactos de emergencia. Anote a los médicos, a los proveedores de tratamiento de la persona, a los vecinos y a los familiares. Guarde la lista en papel.
- Plan de crisis. Escriba qué hacer durante un episodio. Llame al 911 cuando alguien esté en peligro inmediato.
- Registros financieros. Reúna los estados de cuenta bancarios compartidos, las facturas, los registros de ingresos y los avisos de deuda. Los problemas económicos forman parte del panorama que el tribunal podría escuchar.
- Su propio registro. Lleve un registro actualizado y fechado de los acontecimientos. Evite confrontaciones que puedan agravar la situación.
Una petición de la Ley Marchman solicita evaluación y tratamiento para la persona nombrada. No es un caso de divorcio ni de bienes. Las preguntas sobre el matrimonio y las finanzas requieren su propio asesoramiento.
¿No sabe cuál es su próximo paso?
Háblelo con nuestro equipo: la primera consulta es gratuita, confidencial y sin compromiso.
Sus preguntas sobre la presentación como cónyuge, respondidas
¿Necesito un abogado para presentar la petición?
Según Fla. Stat. § 397.681, la persona nombrada como demandada en una petición de tratamiento involuntario por deterioro por abuso de sustancias tiene derecho a un abogado en cada etapa del procedimiento judicial. El demandado solo puede renunciar a ese derecho si está presente y el tribunal determina que la renuncia es consciente, inteligente y voluntaria. Un demandado que desea un abogado pero no puede pagar uno privado tiene derecho a un abogado designado por el tribunal. Una consulta puede ayudarle a entender sus opciones antes de presentar la petición.
¿Mi cónyuge tendrá que aceptar la evaluación?
Para calificar para un tratamiento ambulatorio involuntario, el demandado debe contar con el respaldo de un trabajador social o gestor de casos de un proveedor de servicios autorizado, o de una persona dispuesta, capaz y responsable designada por el tribunal, quien debe informar al tribunal y a las partes si el demandado no cumple con el tratamiento (Fla. Stat. § 397.697).
¿Los hijos participarán en el caso?
Si participan depende de los hechos. Los familiares pueden testificar sobre el historial de la persona, así que planifique teniendo esto en cuenta.
¿Esto es diferente de una tutela?
Sí. La Ley Marchman es un proceso del Capítulo 397 por deterioro causado por el abuso de sustancias. La tutela es un asunto jurídico distinto, y la firma atiende ambos.
¿La Ley Marchman se aplica fuera de Florida?
La petición se presenta en el condado de Florida donde se encuentra la persona. El proceso está vinculado a la legislación de Florida.
¿En qué consiste una primera consulta?
La consulta inicial gratuita, confidencial y sin compromiso no obliga a continuar.

Por qué Robinson Casey limita su práctica a estos asuntos
Robinson Casey limita su práctica a las peticiones de la Ley Marchman y a los asuntos de tutela. La firma atiende a familias en Miami-Dade, en todo el sur de Florida y en todo el estado.
Richard J. Casey III, Esq. es el abogado responsable de esta página. El personal de apoyo de la firma ayuda a las familias con la recepción de casos y la programación de citas, para que su primera llamada llegue a personas que conocen el proceso.
No necesita conocer la ley antes de llamar. Traiga su cronología, sus documentos y sus preguntas. Una consulta es un buen lugar para determinar qué opción se ajusta a su hogar. Si está listo para hablar, llame al (561) 849-4149 o solicite una consulta inicial gratuita hoy mismo.
Cómo trabajamos con su familia
Práctica enfocada en la Ley Marchman
Nuestro trabajo se concentra en peticiones Marchman, tutelas y tratamiento involuntario por adicción en Florida.
Consulta inicial gratuita
Consulta inicial gratuita, confidencial y sin compromiso para que usted conozca sus opciones.
Apoyo a la familia
Nuestro equipo de asistentes y personal de oficina le ayuda a entender cada paso del proceso.
Explicaciones claras
Le explicamos el procedimiento judicial en un lenguaje sencillo, para que sepa qué esperar.
Antes de llamar a un abogado
Si su familiar está en peligro inmediato o necesita atención médica de emergencia, llame al 911. Un abogado puede orientarle sobre la petición, pero la seguridad es lo primero.
Áreas que atendemos
Petición Marchman
Orientación sobre la petición de tratamiento involuntario por deterioro por abuso de sustancias, incluido el proceso ante el tribunal.
Tutela de emergencia temporal
Asistencia en situaciones urgentes en las que una persona necesita protección inmediata mientras el tribunal revisa el caso.
Tutela plenaria o limitada
Orientación sobre tutelas plenarias y limitadas, según lo que necesite la persona bajo cuidado y su familia.
Tutela por salud mental
Apoyo en peticiones de tutela relacionadas con condiciones de salud mental, desde la presentación hasta la audiencia.
