
Guardianías y Ley Marchman | Miami-Dade y el sur de Florida
Guía clara para familias que buscan ser tutores legales de un adulto en Florida
Robinson Casey se enfoca en peticiones bajo la Ley Marchman y en asuntos de guardianía. Aquí encontrará los pasos básicos del proceso y las preguntas que conviene hacerse antes de presentar una petición.
Por Richard J. Casey III, Esq. · Publicado 25 de octubre de 2026
Cómo convertirse en guardián legal de un adulto en Florida
Un tribunal de Florida puede designar un guardián legal para un adulto que ya no puede tomar decisiones seguras. Los casos de tutela en Florida siguen procedimientos legales específicos, y los detalles dependen de los hechos de cada situación. El proceso comienza con una petición verificada, pasa a una evaluación de incapacidad y termina con una orden judicial y las cartas de tutela.
Esta página explica cada paso con base en el texto vigente del estatuto. Robinson Casey se concentra en las peticiones bajo la Ley Marchman y en asuntos de tutela para familias en Miami-Dade y en todo el sur de Florida.
Si le preocupa un padre o familiar que ya no puede manejar sus decisiones diarias, no tiene que resolver los pasos judiciales solo. Llame al (561) 849-4149 y hablemos de su situación. Háblelo con nuestro equipo: la primera consulta es gratuita, confidencial y sin compromiso.

¿Quién puede convertirse en guardián legal de un adulto en Florida?
Según la ley de Florida, cualquier residente de este estado que sea sui juris y tenga 18 años o más está capacitado para actuar como guardián de un pupilo. El Fla. Stat. § 744.309 dice: “(b) Ningún juez actuará como guardián después de que esta ley entre en vigor, excepto cuando esté relacionado con el pupilo por sangre, matrimonio o adopción, o haya mantenido una relación cercana con el pupilo o con la familia del pupilo, y sirva sin remuneración”. Sui juris significa tener la capacidad legal para manejar sus propios asuntos.
Cumplir los requisitos no significa ser elegido. El juez toma la decisión final. El tribunal debe considerar los deseos que el adulto expresó sobre quién debe desempeñar el cargo. También debe buscar posibles inhabilitaciones y conflictos de interés.
Una persona puede estar inhabilitada por varias razones. Entre los ejemplos están una condena por delito grave, una enfermedad o incapacidad que le impida desempeñar el cargo, o cualquier otra circunstancia que la haga no apta. Salvo lo previsto en los apartados (5) y (6), una persona que presta servicios sustanciales al adulto en un rol profesional o comercial no puede ser designada guardián y conservar esa relación profesional o comercial previa.
Si el adulto designó a un guardián de reserva o de designación anticipada que cumple los requisitos del s. 744.309, el tribunal designará a esa persona, salvo que hacerlo sea contrario a los mejores intereses del pupilo. La excepción de los mejores intereses aplica cuando esa elección es contraria a los intereses del adulto. Un proveedor de servicios de salud al pupilo, ya sea directo o indirecto, no puede ser designado guardián a menos que el tribunal determine específicamente que no existe conflicto de interés con los intereses del pupilo.
Cómo elegir el tipo de tutela adecuado
La petición debe indicar si la tutela es plenaria o limitada. La plenaria es la opción más amplia. La limitada es más restringida y cubre solo las facultades que el tribunal enumere.
El tribunal puede quitarle a un adulto algunos derechos y entregarlos a un guardián. Otros derechos pueden ser retirados, pero no pueden transferirse. El voto, la conducción, los viajes y el matrimonio pertenecen a este segundo grupo. La administración de bienes y las decisiones sobre atención médica sí pueden delegarse.
Un adulto conserva todos los derechos que el tribunal no retire de forma específica.
El estatuto también regula a los guardianes temporales de emergencia. Si se solicita uno, debe presentarse una copia de esa petición junto con la petición para determinar la incapacidad.
El Departamento de Asuntos de Personas Mayores de Florida señala que la tutela debe ser la opción menos restrictiva. El adulto debe poder seguir participando en las decisiones. Guía de tutela del Departamento de Asuntos de Personas Mayores
Paso 1: Presentar una petición para determinar la incapacidad
El primer paso es una petición verificada para determinar la incapacidad. Cualquier adulto puede firmarla. La petición debe estar verificada, lo que significa que quien la firma jura formalmente que su contenido es cierto. Fla. Stat. § 744.3201
La petición debe incluir:
- el nombre, la edad, la dirección y la relación con el adulto del peticionario
- el nombre, la edad, el condado de residencia y la dirección del adulto
- el idioma principal del adulto, si se conoce
- si el adulto utiliza apoyos como la toma de decisiones con apoyo, y por qué esos apoyos no son suficientes
- los hechos que sustentan la creencia de que el adulto está incapacitado
- los nombres de las personas que presenciaron esos hechos directamente
- el médico del adulto, si se conoce
- qué derechos el adulto no puede ejercer
- los parientes más cercanos, con las fechas de nacimiento de los menores
Aquí los hechos importan. La notificación de la petición debe entregarse al adulto y leérsela.
Paso 2: La evaluación de incapacidad y el comité examinador
El tribunal debe designar un comité examinador dentro de los 5 días posteriores a la presentación de la petición. El comité tiene tres miembros. Fla. Stat. § 744.331
Un miembro debe ser psiquiatra u otro médico. Un miembro debe conocer el tipo de incapacidad que alega la petición. Los miembros deben poder comunicarse con el adulto, con un intérprete si es necesario. Un recurso sobre tutela de Florida del Secretario del Condado de Flagler describe esta evaluación y la audiencia como parte del proceso plenario.
Los miembros del comité no pueden estar relacionados ni asociados con el peticionario ni con los abogados del caso. El secretario del tribunal debe entregar el informe de cada miembro del comité examinador al peticionario y al abogado del adulto dentro de los 3 días siguientes a su recepción. Según la ley de Florida, el peticionario y el abogado de la persona presuntamente incapacitada deben recibir todos los informes al menos 10 días antes de la audiencia sobre la petición, salvo que los informes no estén completos, en cuyo caso el peticionario y el abogado de la persona presuntamente incapacitada pueden renunciar al requisito de 10 días y consentir en que el tribunal considere el informe en la audiencia adjudicatoria. El médico de cabecera o el médico de la familia normalmente tampoco puede integrar el comité, salvo que se demuestre causa justificada. Si ese médico está disponible, el comité debe consultarlo. Fla. Stat. § 744.331
La audiencia adjudicatoria debe celebrarse al menos 10 días después del último informe del comité, salvo que ese plazo se renuncie. Debe celebrarse no más de 30 días después, salvo que haya causa justificada. Fla. Stat. § 744.331
El adulto tiene derecho a un abogado y a recibir notificación de los procedimientos. Según el Fla. Stat. § 744.331, la notificación debe indicar que se ha designado un abogado para representar al adulto.
Paso 3: La audiencia judicial y la designación
En la audiencia, el juez decide si el adulto está incapacitado. Si el juez determina la incapacidad, el tribunal decide entonces quién actuará como guardián.
La orden que declara la incapacidad es prueba de esa incapacidad hasta que el tribunal la modifique. El adulto se considera incapacitado solo en la medida en que lo establezcan las conclusiones del tribunal. Fla. Stat. § 744.331
Cada caso se decide según sus propios hechos, por lo que el resultado depende de los detalles de la situación. El tribunal puede designar a cualquier persona apta, idónea y calificada. Si no puede designarse a ningún guardián de reserva o de designación anticipada, el tribunal da preferencia a las personas emparentadas con el pupilo por sangre o matrimonio. También considera la experiencia pertinente, la capacidad para administrar el dinero y la capacidad para cumplir los requisitos de la ley. Fla. Stat. § 744.312
Antes de designar a cualquier persona, el tribunal debe investigar posibles inhabilitaciones y conflictos de interés. Fla. Stat. § 744.312
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Paso 4: Cartas de tutela, fianza e inventario inicial
Las cartas de tutela son el documento del tribunal que acredita la autoridad del guardián. Indican si la tutela abarca la persona, los bienes o ambos. Indican si es plenaria o limitada. Si es limitada, enumeran las facultades y deberes del guardián.
El guardián de los bienes debe presentar una fianza antes de actuar. La fianza está condicionada al cumplimiento fiel de todos los deberes. El tribunal puede eximirla por razones justificadas.
El guardián de los bienes también debe presentar un inventario verificado. Este enumera los bienes, deudas, efectivo y fuentes de ingreso del adulto. Incluye cualquier reclamación que el adulto pudiera presentar. Con él debe presentarse una declaración del efectivo en depósito.
El guardián debe conservar los registros de respaldo durante 3 años después de la terminación del cargo.
Deberes continuos y supervisión judicial después de la designación
La tutela permanece bajo supervisión judicial. El guardián de la persona presenta un plan anual de tutela. El guardián de los bienes presenta una rendición de cuentas anual.
El plan vence dentro de los 90 días posteriores al mes de aniversario de las cartas. La rendición de cuentas vence a más tardar el 1 de abril de cada año. Ambos informes deben declarar cualquier pago que el guardián haya recibido por sus servicios al adulto.
Cualquier persona interesada puede presentar objeciones por escrito dentro de los 30 días posteriores a la presentación de un informe. Fla. Stat. § 744.367
El adulto conserva el derecho a una revisión anual y a una revisión continua de cualquier restricción. Un guardián no puede internar al adulto en un centro sin autorización judicial específica y un procedimiento formal de internamiento. Fla. Stat. § 744.3215
La restauración de la capacidad es posible. Cualquier persona interesada, incluido el adulto, puede presentar una sugerencia de capacidad. El tribunal debe darle prioridad.
Preguntas frecuentes: costos, desventajas, presentación sin abogado y cuidado de un padre mayor
¿Cuánto cuesta convertirse en guardián legal en Florida?
Las preguntas sobre costos pueden analizarse durante su consulta. Cuando los bienes del adulto valen más de $25,000, el guardián paga una tarifa de auditoría de hasta $85 con cargo a dichos bienes. Fla. Stat. § 744.365
¿Cuáles son las desventajas de ser guardián legal?
Las principales cargas son continuas. Se exigen informes anuales, y los informes presentados tarde pueden acarrear sanciones, incluida la remoción del cargo. Fla. Stat. § 744.367
¿Puedo solicitar la tutela en Florida sin abogado?
Cualquier adulto puede firmar la petición. El estatuto enumera exactamente lo que debe contener. El adulto también debe recibir la notificación, leída en voz alta, por lo que la exactitud y la entrega de la notificación son importantes. Fla. Stat. § 744.331
¿Cómo puedo convertirme en guardián de mi padre o madre mayor en Florida?
Se aplica el mismo proceso judicial cuando se determina que un padre o madre está incapacitado. La petición debe explicar por qué no bastan alternativas como una directiva anticipada o un poder notarial duradero.

Hablemos de la situación de su familia
Si le preocupa un padre, un cónyuge o un hermano, los pasos judiciales pueden resultar abrumadores. Muchas familias enfrentan esta situación por la pérdida de memoria de un ser querido, una crisis de salud o dinero que corre peligro.
No tiene que resolver por sí solo el estatuto, la petición y los plazos. Hablar de los hechos específicos es el primer paso. Llame al (561) 849-4149 o programe una consulta. La consulta inicial es gratuita, confidencial y sin compromiso de continuar.
Esta página es información general, no asesoramiento legal. Richard J. Casey III, Esq. es el abogado responsable de esta página.
Por qué las familias acuden a Robinson Casey
Consulta inicial gratuita
Consulta inicial gratuita, confidencial y sin compromiso para evaluar la situación de su familia.
Enfoque en guardianías
El despacho se enfoca en peticiones de guardianía y en peticiones bajo la Ley Marchman.
Opciones de guardianía
Analizamos si corresponde una guardianía de emergencia, plenaria, limitada o de salud mental según los hechos de cada caso.
Trato respetuoso
Entendemos que estos procesos afectan a toda la familia, y nuestro equipo le explica cada paso con claridad.
No espere a que la situación empeore
Cada caso tiene sus propios hechos y documentos. Hablar con un abogado a tiempo le permite entender sus opciones antes de tomar decisiones. Llame al (561) 849-4149 para su consulta inicial gratuita, confidencial y sin compromiso.
Pasos básicos para ser tutor legal
1. Evalúe la situación
Reúna los hechos sobre la salud, la capacidad de decisión y las necesidades diarias de la persona adulta. Esta información orienta el tipo de petición.
2. Reúna la documentación
Prepare registros médicos, datos de contacto de familiares y cualquier documento que muestre la situación actual. Su abogado le indicará qué se necesita en su caso.
4. Presente la petición y asista a la audiencia
Robinson Casey le ayuda a preparar la petición ante el tribunal y lo acompaña en las etapas del proceso judicial.
