
Ley Marchman · Sur de Florida y todo el estado
Peticiones Ley Marchman para familiares que viven en otro estado de Florida
Robinson Casey se enfoca exclusivamente en peticiones bajo la Ley Marchman y en asuntos de tutela. Ayudamos a familias del sur de Florida y de todo el estado a dar el siguiente paso con claridad.
Por Richard J. Casey III, Esq. · Publicado 19 de octubre de 2026
Abogado de la Ley Marchman para familias fuera del estado
Una petición bajo la Ley Marchman se presenta en el condado de Florida donde se encuentra la persona, no donde vive la familia. Esta guía explica cómo funciona este proceso para familias que están lejos de la persona en crisis.
Si su familiar está en Florida y usted vive fuera del estado, no tiene que resolver los pasos judiciales solo. Nuestro equipo puede hablarlo con usted. Háblelo con nuestro equipo: la primera consulta es gratuita, confidencial y sin compromiso.

Qué es la Ley Marchman y a quién ayuda
La Ley Marchman es el proceso judicial civil de Florida para personas cuyo consumo de sustancias les ha impedido obtener ayuda por sí mismas.
En el caso de un adulto, una petición puede ser presentada por el cónyuge o el tutor legal del demandado, cualquier pariente, un proveedor de servicios o un adulto con conocimiento personal directo del deterioro de la persona y de su historial de tratamiento. Fla. Stat. § 397.68112
Las familias suelen llegar a este paso después de que otros esfuerzos no han funcionado. Esos esfuerzos pueden incluir límites firmes, conversaciones de intervención y ofrecimientos de tratamiento voluntario. Robinson Casey se enfoca exclusivamente en asuntos de la Ley Marchman y de tutela. Los ejemplos aquí son información general, no asesoramiento legal sobre la situación de ninguna familia en particular.
¿Puede una petición bajo la Ley Marchman involucrar a alguien que vive fuera del estado?
Sí. La petición se presenta en el condado donde la persona se encuentra físicamente.
La ley de Florida exige presentarla ante el secretario del tribunal de ese condado. El secretario no puede cobrar una tarifa de presentación por la petición. Fla. Stat. § 397.681
La ubicación al momento de presentar la petición es importante. En J.P. v. J.N., la petición se presentó en el condado donde la persona se hospedaba en un centro de desintoxicación, no en su casa.
Las familias que viven fuera del estado deben planificar estos puntos:
- Plazos de la audiencia. El tribunal debe fijar una audiencia dentro de 10 días hábiles judiciales, salvo que se conceda una prórroga. Fla. Stat. § 397.68151
- Testimonio a distancia. Los testigos pueden declarar bajo juramento mediante tecnología de audio y video. Fla. Stat. § 397.6957
- Detalles de la petición. La petición debe nombrar a ambas partes, su relación y los hechos que demuestran por qué se necesitan los servicios. Fla. Stat. § 397.68141
- Registros y direcciones. Reúna los registros de evaluación y tratamiento de proveedores de Florida, además de la dirección actual de la persona.
Qué busca el tribunal bajo la Ley Marchman
El tribunal busca hechos específicos que demuestren un deterioro por abuso de sustancias y la necesidad de servicios involuntarios. El estatuto fija el criterio que el tribunal debe aplicar.
La persona debe haber perdido la capacidad de autocontrol con respecto al abuso de sustancias. Fla. Stat. § 397.675
La negativa por sí sola no basta. El estatuto dice que una simple negativa a recibir servicios no constituye prueba de falta de juicio sobre la necesidad de los mismos. El Fla. Stat. § 397.675 dice: “(b) Sin atención o tratamiento, es probable que sufra descuido o se niegue a cuidarse a sí misma o a sí mismo; que tal descuido o negativa representa una amenaza real e inmediata de daño sustancial para su bienestar; y que no es evidente que tal daño pueda evitarse mediante la ayuda de familiares o amigos dispuestos, capaces y responsables o la provisión de otros servicios, o existe una probabilidad sustancial de que la persona haya causado, o amenazado o intentado causar, o, a menos que sea admitida o ingresada en un centro de tratamiento, es probable que cause daño físico a sí misma, a sí mismo o a otra persona.” Fla. Stat. § 397.675
Los hechos específicos y con fecha son los que más ayudan. Una petición útil explica por qué el peticionario cree que se cumple cada elemento requerido, no solo expresa una preocupación general. Puede adjuntarse un informe de un profesional calificado que haya examinado a la persona dentro de los 30 días anteriores a la presentación. Fla. Stat. § 397.68141
Presentar la petición no decide el caso.
El proceso de la Ley Marchman, paso a paso
El proceso avanza por la presentación, la notificación, una audiencia, una evaluación y una orden judicial. Cada etapa tiene sus propios plazos.
Paso 1: Reúna los hechos y confirme la ubicación. Escriba una cronología con fechas. Confirme dónde se encuentra físicamente la persona, porque eso determina el condado.
Presente ante el secretario del tribunal. Una petición de servicios involuntarios debe contener el nombre del demandado; el nombre del peticionario; la relación entre el demandado y el peticionario; el nombre del abogado del demandado, si se conoce; y las alegaciones de hecho que establecen la necesidad de servicios involuntarios por deterioro debido al abuso de sustancias. Si hay una emergencia, la petición también debe describir las circunstancias urgentes del demandado e incluir una solicitud de una orden ex parte de evaluación y estabilización (Fla. Stat. § 397.68141). Según el Fla. Stat. § 397.6818, cuando el peticionario afirma que existen circunstancias de emergencia, o cuando el tribunal determina que existe una emergencia, el tribunal puede basarse únicamente en el contenido de la petición y, sin designar un abogado, dictar una orden ex parte para la evaluación involuntaria y la estabilización del demandado. En D.H. v. K.J.R., el Segundo Distrito determinó que la orden era errónea porque la petición no establecía esa razón.
Debe entregarse una copia de la petición y el aviso de la audiencia al demandado; al padre, tutor o custodio legal del demandado, en el caso de un menor; al abogado del demandado, si se conoce; al peticionario; al cónyuge o tutor del demandado, si corresponde; y a las demás personas que el tribunal determine (Fla. Stat. § 397.68151). La audiencia se fija dentro de 10 días hábiles judiciales, salvo que se aplace. Según el Fla. Stat. § 397.68151(2), el tribunal debe fijar una audiencia sobre la petición dentro de 10 días hábiles judiciales, salvo que se conceda una prórroga. Fla. Stat. § 397.68151
Evaluación. No se puede ordenar involuntariamente a un demandado a tratamiento bajo este capítulo sin que se realice una evaluación clínica (Fla. Stat. § 397.6957). El Fla. Stat. § 397.6957 dice: “(b) Un demandado no puede ser ordenado involuntariamente a tratamiento bajo este capítulo sin que se realice una evaluación clínica, a menos que esté presente en el tribunal y renuncie expresamente a la evaluación.” Fla. Stat. § 397.6957
Orden del tribunal. Cuando las condiciones para servicios de tratamiento involuntario se prueban mediante evidencia clara y convincente, el tribunal puede ordenar que el demandado reciba servicios de tratamiento involuntario de un proveedor de servicios con licencia y financiado con fondos públicos por un período que no exceda de 90 días, o de un proveedor de servicios con licencia y financiado con fondos privados si el demandado puede pagar o si alguien en su nombre está dispuesto y en capacidad de pagar (Fla. Stat. § 397.697). Puede solicitarse una renovación antes de que termine ese período si se espera que las condiciones que justifican los servicios de tratamiento involuntario continúen después de 90 días de servicios de tratamiento.
El tiempo total depende de las prórrogas, las evaluaciones y la agenda del tribunal. El estatuto aún fija la meta de 10 días hábiles para la audiencia y los períodos de 90 días.
Salvaguardas, retiro de una petición y lo que las familias deben esperar
La persona nombrada en una petición tiene derecho a un abogado en cada etapa del caso judicial. Un demandado que no pueda pagar un abogado privado puede recibir un abogado designado por el tribunal. Fla. Stat. § 397.681 dispone que el demandado tiene derecho a un abogado en cada etapa de un procedimiento judicial relacionado con una petición de tratamiento involuntario por deterioro debido al abuso de sustancias, y que solo puede renunciar a ese derecho si está presente y el tribunal determina que la renuncia se hace de forma consciente, inteligente y voluntaria. Hillsborough County v. Albrechta
Las preguntas sobre si una petición puede retirarse se discuten mejor con un abogado. Fla. Stat. § 397.6957
Los miembros de la familia también pueden testificar. El tribunal escucha el testimonio de familiares que conocen el historial de la persona, y el testimonio se toma bajo juramento. Lleve un registro con fechas de los acontecimientos y responda con prontitud a las solicitudes del tribunal o de los abogados.
¿No sabe cuál es su próximo paso?
Háblelo con nuestro equipo: la primera consulta es gratuita, confidencial y sin compromiso.
Por qué las familias trabajan con Robinson Casey
Robinson Casey se enfoca exclusivamente en peticiones bajo la Ley Marchman y en asuntos de tutela.
Richard J. Casey III, Esq. es el abogado responsable. La práctica también atiende asuntos de tutela, incluidas la tutela temporal de emergencia, la tutela plenaria, la tutela limitada y la tutela por salud mental.
Nuestro equipo incluye asistentes y personal de oficina. Ayudan a las familias con la recepción de casos, las solicitudes de documentos y la programación de citas. Ese apoyo es importante cuando los familiares no pueden estar fácilmente en Florida.
Después de la primera consulta, la firma puede explicar el proceso, los requisitos del tribunal y las opciones que pueden ajustarse a los hechos de su familia. La firma no promete ningún resultado, porque cada asunto depende de sus propios hechos y de las determinaciones del tribunal.

Preguntas frecuentes
¿Puedo presentar una petición bajo la Ley Marchman si vivo en otro estado?
Sí. La ley de Florida exige presentarla en el condado donde se encuentra la persona. La lista de quiénes pueden presentar una petición del estatuto no se refiere al lugar donde vive el peticionario.
¿Mi hijo adulto tiene que aceptar ser evaluado?
No siempre. En casos no urgentes, el tribunal puede emitir una orden de evaluación cuando parezca que la persona cumple los requisitos, y por lo general la persona debe ser evaluada antes de cualquier orden de tratamiento.
¿Que mi ser querido rechace el tratamiento significa que no cumple los requisitos?
No. La negativa por sí sola no basta, y el tribunal aplica el criterio legal completo.
¿Cuánto tiempo toma el proceso?
La audiencia se fija dentro de 10 días hábiles judiciales, salvo que se aplace, y una orden de evaluación tiene una vigencia de 90 días. El tiempo total depende de las prórrogas y de la agenda del tribunal.
¿Se puede retirar una petición?
Las preguntas sobre lo que ocurre con una petición después de presentarla se discuten mejor con nuestro equipo durante una consulta.
¿La primera consulta es gratuita?
Sí. La consulta inicial es gratuita, confidencial y sin compromiso de continuar.
Si su ser querido se encuentra en Florida y usted lo observa desde lejos, no tiene que resolver los pasos judiciales solo. Llame al (561) 849-4149 o solicite una consulta para hablar sobre la situación de su familia.
Por qué trabajar con Robinson Casey
Práctica enfocada
Nuestro trabajo se limita a peticiones Ley Marchman y a casos de tutela, para que cada asunto reciba atención dedicada.
Familias fuera del estado
Entendemos que coordinar un caso desde otro estado es difícil. Le explicamos el proceso paso a paso.
Consulta inicial gratuita
Consulta inicial gratuita, confidencial y sin compromiso para que pueda conocer sus opciones antes de decidir.
Atención directa
Nuestro equipo le responde por teléfono al (561) 849-4149 para revisar su situación.
No espere a que la situación empeore
Cada caso tiene particularidades. Consulta inicial gratuita, confidencial y sin compromiso: hable con nosotros cuanto antes sobre la situación de su familiar.
Áreas de práctica
Peticiones Ley Marchman
Preparación y presentación de peticiones para evaluación y tratamiento por abuso de sustancias en Florida.
Tutela de emergencia temporal
Apoyo en situaciones urgentes en las que una persona necesita protección inmediata mientras se resuelve el caso.
Tutela plenaria y limitada
Orientación sobre tutelas plenarias y limitadas, según lo que necesite la persona y su familia.
Salud mental e internamiento
Representación en tutelas por salud mental y en casos de internamiento involuntario por adicción.
