Una jueza revisa documentos de una petición desde el estrado mientras una persona y su abogado esperan en una sala de audiencias de Florida.

Ley Marchman · Miami-Dade y sur de Florida

Ley Marchman en Florida: dé el primer paso con claridad

Una guía práctica para entender la evaluación de una petición bajo la Ley Marchman y las opciones de tutela. Robinson Casey se enfoca en estos casos para familias de Miami-Dade y del sur de Florida. Abogado responsable: Richard J. Casey III, Esq.

Por Richard J. Casey III, Esq. · Publicado 28 de octubre de 2026

Evaluación bajo la Ley Marchman en Florida: guía paso a paso

Si le preocupa un familiar que no puede mantenerse a salvo, no tiene que entender el proceso judicial solo; con gusto podemos conversar sobre su situación. Háblelo con nuestro equipo: la primera consulta es gratuita, confidencial y sin compromiso.

Un mazo de madera sobre una superficie redonda junto a carpetas en una mesa de tribunal, visto desde arriba.

Cuando una familia empieza a preguntar por una evaluación bajo la Ley Marchman

En Florida, el proceso comienza con una petición presentada ante el tribunal, y puede avanzar con rapidez una vez que el juez actúa.

Quizás su hijo o hija sigue rechazando la ayuda. Quizás ha sido hospitalizado más de una vez, o se está poniendo a sí mismo o a otros en peligro. Quizás las facturas quedan sin pagar o el dinero sigue desapareciendo de las cuentas.

Las familias en esta situación suelen compartir los mismos temores. Les preocupa un daño irreversible. Les preocupa que su ser querido sea víctima de explotación financiera. Les preocupan las decisiones peligrosas y otra crisis que termine en una sala de emergencias.

Esta guía recorre el proceso en orden. Verá quién puede presentar la petición, qué debe contener, qué hace el tribunal a continuación y cómo es una audiencia. Conocer los pasos puede ayudarle a decidir qué hacer después.

Qué es la Ley Marchman y dónde encaja la evaluación

El Departamento de Niños y Familias de Florida publica información general sobre la Ley Marchman.

La evaluación es la primera etapa. No es la orden final de tratamiento. Cuando una persona no ha sido evaluada, el tribunal puede emitir una orden de evaluación y estabilización para decidir qué nivel de tratamiento se necesita.

La orden de tratamiento es un paso aparte. El tribunal puede ordenar tratamiento por hasta 90 días, pero solo cuando las condiciones se prueben mediante prueba clara y convincente.

Para una visión general completa, lea nuestra guía sobre abogado de la Ley Marchman.

Cómo comienza una evaluación involuntaria: la petición

Una petición de tratamiento involuntario debe presentarse ante el secretario del tribunal del condado donde se encuentra la persona. El secretario no puede cobrar tarifa por presentarla, según el Fla. Stat. § 397.681.

Para un adulto, la petición puede ser presentada por un cónyuge o tutor legal, cualquier pariente, un proveedor de servicios o un adulto con conocimiento personal directo del deterioro de la persona y de su cuidado previo. Un hermano o un hijo adulto puede calificar si encaja en una de esas categorías.

La petición debe nombrar a la persona y al peticionario. Debe indicar el parentesco entre ambos. También debe exponer los hechos que sustentan la preocupación.

Una lista fechada de incidentes ayuda mucho. Anote qué ocurrió, cuándo, quién estaba presente y qué dijo o hizo la persona. La ley pide hechos, no preocupación general.

El lugar de presentación también puede ser un problema. En J.P. v. J.N., el Tribunal de Distrito Quinto resolvió que presentar la petición en el condado equivocado no le quitó jurisdicción al tribunal de circuito. Se trató de un defecto de competencia territorial.

Quién realiza la evaluación y dónde se lleva a cabo

Un proveedor de servicios autorizado se encarga de la evaluación clínica. Un profesional calificado de ese proveedor examina a la persona, no el tribunal. En una emergencia, el tribunal puede ordenar que un agente del orden público lleve a la persona bajo custodia y la entregue para evaluación al proveedor de servicios autorizado más cercano y apropiado, o a un proveedor designado por el tribunal.

En una emergencia, el tribunal puede basarse únicamente en la petición. Puede entonces dictar una orden ex parte de evaluación y estabilización sin nombrar primero a un abogado. Esa orden debe cumplirse mientras la audiencia está pendiente.

La petición debe sustentar esa orden. En D.H. v. K.J.R., el Tribunal de Distrito Segundo resolvió que el tribunal de primera instancia se equivocó cuando la petición no demostraba una razón de buena fe para creer que la persona cumplía los criterios.

Por lo general, un proveedor no puede retener a una persona para observación por más de 72 horas. Existen excepciones. Los signos de abstinencia, la necesidad de desintoxicación o de tratamiento médico, o un periodo de observación que termina en fin de semana o día festivo pueden cambiar los plazos. Esos límites están establecidos en el Fla. Stat. § 397.6818.

Qué evalúa la evaluación

La evaluación verifica si la persona cumple los criterios legales para el ingreso involuntario. Los criterios están en el Fla. Stat. § 397.675.

La primera parte pregunta si existe una razón de buena fe para creer que la persona sufre deterioro por abuso de sustancias o tiene un trastorno por consumo de sustancias y un trastorno de salud mental coexistente. También pregunta si, debido a ese deterioro, la persona ha perdido la capacidad de autocontrol respecto al consumo de sustancias.

La segunda parte tiene dos opciones. La persona necesita servicios pero no puede comprender esa necesidad ni tomar una decisión racional al respecto. O bien, sin atención, es probable que la persona se descuide, o existe una probabilidad sustancial de que haya causado, amenazado o intentado causar daño físico a sí misma o a otra persona, o es probable que cause ese daño si no es admitida. Ese descuido debe representar una amenaza real e inmediata de daño sustancial, y la ayuda de la familia u otra ayuda no debe ser una respuesta aparente.

Rechazar la ayuda no basta por sí solo. El estatuto dice que el mero rechazo de recibir servicios no prueba una falta de juicio. El Fla. Stat. § 397.675 dice: “(b) Sin atención o tratamiento, es probable que sufra descuido o se niegue a cuidarse a sí mismo; que dicho descuido o negativa representa una amenaza real e inmediata de daño sustancial para su bienestar; y que no es aparente que tal daño pueda evitarse con la ayuda de familiares o amigos dispuestos, capaces y responsables, o mediante la prestación de otros servicios; o existe una probabilidad sustancial de que la persona haya causado, o amenazado o intentado causar, o que, si no es admitida, es probable que cause daño físico a sí misma, a otra persona.”

Los familiares desempeñan un papel real. El tribunal escucha testimonios de personas familiarizadas con los antecedentes y la condición actual de la persona. El tribunal también puede ordenar pruebas de drogas, conforme al Fla. Stat. § 397.6957. Las evaluaciones previas y los registros de tratamiento también importan, porque la ley examina el historial de atención de la persona.

¿No sabe cuál es su próximo paso?

Háblelo con nuestro equipo: la primera consulta es gratuita, confidencial y sin compromiso.

Estabilización, conclusiones y la audiencia judicial

El tribunal debe fijar una audiencia dentro de 10 días hábiles del tribunal, salvo que conceda un aplazamiento. El demandado, el abogado del demandado si se conoce, y el peticionario reciben una copia de la petición y un aviso de la audiencia conforme al Fla. Stat. § 397.68151, junto con el padre, la madre, el tutor o el custodio legal del demandado si es menor de edad, el cónyuge o el tutor del demandado si corresponde, y las demás personas que el tribunal indique.

Por lo general, una persona no puede ser ordenada a tratamiento sin una evaluación clínica. La excepción es cuando la persona está en el tribunal y renuncia expresamente a la evaluación. El profesional calificado debe presentar el informe antes del cierre de oficina del día anterior a la audiencia. El informe debe recomendar un nivel de tratamiento, si corresponde.

En la audiencia, los testimonios se toman bajo juramento y se registran. El demandado puede negarse a testificar. Los testigos pueden asistir de forma remota y, cuando proceda, declarar en la audiencia bajo juramento mediante tecnología de telecomunicaciones audiovisuales, conforme al Fla. Stat. § 397.6957. Un testigo que pretenda asistir y declarar de forma remota debe entregar a las partes todos los documentos pertinentes antes del cierre de oficina del día anterior a la audiencia.

Un juez que llama y cuestiona al único testigo cuando el peticionario está ausente ha actuado de forma indebida. Véase J.C. v. State y C.W.R.K. v. Stewart Marchman Act Behavioral Healthcare.

El Tribunal de Distrito Cuarto llegó a un resultado distinto en J.J.J. v. D.G. y certificó el conflicto. Por lo tanto, esta regla es derecho del Quinto Distrito, y las enmiendas de 2024 podrían afectar la controversia.

Requisitos de la Ley Marchman de Florida en lenguaje sencillo

Un caso bajo la Ley Marchman necesita una petición adecuada, hechos que demuestren deterioro y pérdida de autocontrol, una evaluación clínica y una audiencia judicial. Los requisitos principales son:

  • Quién puede presentarla: para un demandado adulto, un cónyuge o tutor legal, cualquier pariente, un proveedor de servicios o un adulto con conocimiento personal directo; para un menor, un padre, tutor legal o proveedor de servicios (§ 397.68112).
  • Contenido de la petición: los nombres del demandado y del peticionario, su parentesco, el abogado del demandado si se conoce, y las alegaciones fácticas que demuestran la necesidad de servicios involuntarios (§ 397.68141).
  • Lugar de presentación: el condado donde se encuentra la persona, sin tarifa de secretaría (§ 397.681).
  • Orden de tratamiento: prueba clara y convincente, por hasta 90 días (§ 397.697).

El derecho a un abogado también es importante aquí. El demandado puede tener un abogado en cada etapa, y el tribunal puede designar uno si el demandado no puede pagarlo. El Tribunal de Distrito Segundo ha dicho que el debido proceso respalda ese derecho en Hillsborough County v. Albrechta.

Cada etapa tiene plazos. Guarde copias de cada aviso y orden que reciba.

Cuánto dura el proceso y si una petición puede retirarse

Los plazos los fija la ley, y la forma en que termina un caso depende de los hechos. Estos son los principales límites de tiempo del Capítulo 397:

  • Observación de emergencia: por lo general 72 horas, con las excepciones enumeradas (§ 397.6818).
  • Audiencia: dentro de 10 días hábiles del tribunal, salvo aplazamiento (§ 397.68151). El Fla. Stat. § 397.68151 dispone que el tribunal fijará una audiencia para la petición dentro de 10 días hábiles del tribunal, salvo que se conceda un aplazamiento.
  • Orden de tratamiento: hasta 90 días (§ 397.697).
  • Renovación: la petición de renovación debe presentarse antes de que venza el periodo, y puede añadir hasta otros 90 días (§ 397.6975).

¿Puede un caso bajo la Ley Marchman terminar sin una orden de tratamiento? Si el demandado no es evaluado dentro de 90 días, el tribunal debe desestimar el caso.

Lleve estas preguntas sobre plazos a una consulta. No dé por supuesta la respuesta para su familia.

Preguntas frecuentes sobre la evaluación bajo la Ley Marchman

Estas son respuestas breves a preguntas comunes sobre una evaluación de tratamiento bajo la Ley Marchman en Florida.

¿Cuánto tiempo dura un proceso bajo la Ley Marchman en Florida?

El tribunal debe fijar una audiencia dentro de 10 días hábiles del tribunal, salvo que conceda un aplazamiento. Una orden de tratamiento puede durar hasta 90 días y puede renovarse.

¿Qué debo llevar a la primera conversación?

Lleve una cronología fechada de incidentes, cualquier registro hospitalario u otro que tenga, y notas sobre problemas de dinero o de vivienda.

¿Puede declarar un familiar?

Sí. El tribunal escucha testimonios de familiares que conocen el historial de la persona.

¿Mi ser querido tiene derecho a un abogado?

Sí. El demandado tiene derecho a un abogado en cada etapa. Si no puede pagar un abogado, el tribunal puede designar uno.

Un mazo de juez descansa sobre una mesa de madera en una sala de tribunal.

Hable con Robinson Casey sobre la situación de su familia

Si pasa las noches preocupado por un familiar que no puede mantenerse a salvo, no tiene que cargar con esto solo. Robinson Casey limita su práctica a las peticiones bajo la Ley Marchman y a asuntos de tutela, y atiende a familias en todo el sur de Florida y en todo el estado. Richard J. Casey III, Esq., es el abogado responsable de esta página.

La primera consulta es gratuita, confidencial y sin compromiso de continuar. Llame al (561) 849-4149 o solicite una consulta para conversar sobre la situación de su ser querido.

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La información de este sitio web es únicamente de carácter general y no constituye asesoramiento legal ni crea una relación abogado-cliente. Los resultados obtenidos en casos anteriores no garantizan resultados similares en asuntos futuros. Le recomendamos consultar a un abogado con licencia en Florida para obtener asesoramiento específico sobre su situación. Robinson Casey, 6400 Congress Ave #2050, Boca Raton, FL 33487.

Por qué las familias acuden a Robinson Casey

Enfoque en la Ley Marchman

Nuestra práctica se enfoca en peticiones Marchman, tutelas y órdenes de tratamiento involuntario por adicción.

Consulta inicial gratuita

Consulta inicial gratuita, confidencial y sin compromiso para que conozca sus opciones antes de decidir.

Atención en el sur de Florida

Acompañamos a familias de Miami-Dade y del sur de Florida, y también atendemos casos en otras partes del estado.

Acompañamiento para la familia

Nuestro equipo le explica cada etapa del proceso en un lenguaje claro, sin tecnicismos innecesarios.

Si existe peligro inmediato

Si una persona corre peligro inmediato o está en riesgo de hacerse daño, llame al 911 o acuda a la sala de emergencias más cercana antes de cualquier otro paso legal.

Guía paso a paso para evaluar su caso

1. Reúna la información

Haga una cronología con fechas de incidentes, cambios de conducta y cualquier registro médico u hospitalario que tenga a mano.

2. Documente lo que ha intentado

Anote las conversaciones, los tratamientos ofrecidos y la respuesta de la persona. Esta información ayuda a entender el contexto de su situación.

3. Identifique la necesidad legal

Según los hechos, el caso puede corresponder a una petición Marchman, una tutela o una combinación de opciones. Revisarlo con un abogado le permite comparar alternativas.

4. Programe una consulta

Hable con Robinson Casey para evaluar su situación. La consulta inicial es gratuita, confidencial y sin compromiso.

¿Necesita orientación sobre la Ley Marchman? Hablemos de su situación.

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